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Expediente Vulneración del derecho del trabajador a la pausa de
20 minutos |
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Asunto:
Se recoge el
malestar de trabajadores por no
cumplir el art. 50 del presente convenio el disponer del derecho
a la pausa de los veinte minutos entre la segunda y cuarta hora
y con
la forma intransigente por parte de mandos superiores en su
interpretación.
El Ministerio de
Trabajo hace constancia que la pausa de descanso debe ser entre
la segunda y cuarta hora.
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Cronología y documentación |
El acceso a la
documentación queda restringida a los afiliados |
07-10-2011 Solicitud del cumplimiento del
art. 50 del Convenio sobre la pausa de descanso |
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14-10-2011 Se presenta la correspondiente
denuncia contra Correos |
21-02-2012 Resolución de la
Inspección de Trabajo |
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